RECPC | Núm. 01 | Núm. 02 | Citas-e | Criminet | El Criminalista Digital
Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología
RECPC S1 (1999)
SEMBLANZA DE
JOSÉ ANTONIO SAINZ CANTERO
Lorenzo Morillas Cueva
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Granada

     El profesor Sáinz Cantero, maestro y amigo, nos abandonaba una lluviosa y triste tarde del ya lejano mes de diciembre de 1985, dejando tras de sí una estela de hombre de bien, de universitario íntegro, de penalista ejemplar, de compañero irrepetible. Han pasado largos años cuando aparece en la Red Mundial o Internet esta colaboración en la recién nacida revista en línea El Criminalista Digital. Los nuevos medios de comunicación y de difusión electrónica entonces apenas si podían llegar a ser meras conjeturas en las mentes de muy pocas personas... Pero, aunque cambien los tiempos, no cambian los afectos profundos: el tiempo lo relativiza casi todo, no los vacíos que dejan las personas queridas. Y es que don José Antonio lo fue en todos los ámbitos en los que participó.
    Durante muchos años enseñó en las viejas aulas de nuestra Facultad querida no sólo Derecho Penal, lo que hacía de manera envidiable, sino, lo que es más, a respetar a la Universidad, a buscar una formación integral, crítica y creadora. Supo transmitir su personalidad poco dogmática y mucho dialogante. No siempre en la vida universitaria la convivencia es fácil y en muchas ocasiones se necesita un alto grado de comprensión y de renuncia a egoísmos propios a veces incluso legítimos y a simples imposiciones de poder. Él lo supo comprender. Alguno de nosotros, de los que más próximos estábamos, discrepamos a veces de ciertos planteamientos científicos e incluso seguimos caminos políticos y universitarios diferentes a los suyos. Su respuesta, la más simple pero también la más difícil: el respeto.
    Todo, además, con sencillez, esa sencillez innata en las personas que se han abierto camino sólo con su propio trabajo, sin excesivas ayudas. Bondadoso con sus amigos y discípulos, constante y fuerte ante las dificultades, que nunca rehuía ni trasladaba a otros, ni incluso a sus más fieles colaboradores, para los que siempre existían palabras de apoyo. En los momentos de tensión o de desánimo encontrábamos la respuesta adecuada y el consejo prudente, respetuoso con nuestra propia libertad.
    Prácticamente todos los que en sus últimos años compartimos con él el Departamento de Derecho Penal nos integramos de la mano del profesor Sáinz Cantero. Poco a poco fuimos siendo partícipes de sus facultades docentes, de su rigor investigador y, sobre todo, de su capacidad humana. Era padre sin paternalismo, maestro sin exigencia que no fuera la del trabajo y amigo sin más.
    Pero si acogedor y comprensivo fue con sus colaboradores, no menos lo fue con los alumnos. Numerosas son las promociones jurídicas que pueden testimoniarlo. Todas ellas han de coincidir, estoy seguro, en resaltar sus importantes dotes pedagógicas, la claridad de sus exposiciones, la visión práctica del Derecho que poseía, y, en definitiva, todo aquello que distingue al profesor universitario dedicado intensamente a sus estudiantes.
    Junto a su retrato humano el no menos importante retrato académico e investigador. Estudió la licenciatura de Derecho en la Universidad de Granada, a la que desde entonces quedó estrechamente vinculado. Leyó en ella también su Tesis Doctoral, obteniendo la calificación de Premio Extraordinario en ambos grados. En el año 1956 consiguió por oposición la plaza de Profesor Adjunto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, situación que mantuvo hasta el año 1965 en el que gana por concurso-oposición la Cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Santiago de Compostela, donde fue fundador y Director del Departamento de Derecho Penal, Criminología y Ciencia Penitenciaria, así como Secretario General de dicha Universidad.
    De su estancia en Santiago, y del cariño y respeto que supo ganarse de los compañeros que con él compartieron los años gallegos de don José Antonio, valgan las palabras escritas por otro entrañable penalista, su amigo íntimo, que poco tiempo después igualmente encontraría la muerte. Decía el profesor Fernández Albor: "Allí para sus colaboradores fue un auténtico maestro, a pesar de su juventud. Sus orientaciones y agudas críticas – en las que no faltaba su gracejo y donaire sureño- contribuyeron eficazmente a la formación humana y científica de quienes participamos de sus afanes, anhelos e ilusiones en el estudio del Derecho Penal".
    En 1970, por concurso de traslado pasó a desempeñar la Cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Murcia, en la que permaneció hasta 1973 y donde igualmente dejó estela de seriedad, dedicación y rigor universitario. Es a partir de 1973 cuando vuelve nuevamente a Granada y de manera ya definitiva ocupa la Cátedra de Derecho Penal y la Dirección del Departamento. Fue Vicedecano de la Facultad de Derecho y, desde 1975 hasta 1983, Vicerrector, primero de Extensión Universitaria y después de Ordenación Académica, cargo en el que tuve el honor, tantos años atrás, de sustituirle. Perteneció también a la plantilla de profesores de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, siendo Director del Centro de Granada y redactor de las Unidades Didácticas correspondientes a su disciplina.
    Se especializó en la Universidad de Munich bajo la dirección de Edmundo Mezger y en España fue discípulo de Stampa Braun, con quien se formó como penalista y con el que colaboró directamente durante bastantes años.
    Perteneció a la Association Internationale de Droit Penal, a la Societé Internationale de Criminologie, al grupo español de la Comisión para la elaboración del Código Penal Tipo Latinoamericano, a la Sociedad Andaluza de Sexología. Fue correspondiente en España de The National and Information Center on Crime and Delinquency of the National Council on Crime and Delinquency. Como miembro de la Sección 4ª de la Comisión General de Codificación, participó en la elaboración del Proyecto de Código Penal de 1980. Formó parte también de una de las Comisiones constituidas en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias para la elaboración de la Ley General Penitenciaria.
    Intervino como ponente en numerosos Congresos nacionales e internacionales de Derecho Penal y de Criminología, y pronunció conferencias en la casi totalidad de las Universidades españolas y en varias extranjeras, así como en ciclos organizados por Colegios de Abogados y otras Instituciones públicas y profesionales.
    El resultado de tantos años de trabajo y de dedicación intensa a la vida universitaria fue una ingente obra científica que es preciso resaltar para al mismo tiempo comprobar la validez investigadora y profesional del profesor Sáinz Cantero. Su glosa, por extensa y profunda puede resultar excesiva para una semblanza, pero como dijera otro recordado maestro del Derecho, el profesor Motos Guirao, "más fatigoso que la cita debió de ser su estudio y preparación".
    Dentro de lo que se pueden denominar obras generales, el profesor Sáinz Cantero se ocupó con profundidad del origen y evolución de la Ciencia punitiva en un libro de gran aceptación que con el título de La Ciencia del derecho penal y su evolución publicó en el año 1970. Siguieron sus ya citados textos para las unidades didácticas de la UNED, en su Parte General (1974) y Parte Especial (1975). Con posterioridad elaboró lo que es su contribución más completa a la Ciencia penal, las Lecciones de Derecho Penal, título acaso modesto para una gran obra, que sólo la muerte impidió completar. El volumen I (P.G. Introducción) vio la luz en el año 1979. En él se actualizaban las partes más básicas de La Ciencia del Derecho Penal y su evolución y se incorporaba un estudio detallado de la Codificación penal española. El segundo volumen (P.G. Ley penal. Delito) fue publicado en 1982 y su segunda edición coincidió con la muerte del autor, en 1985. Se ocupaba del Derecho Penal vigente en España, del proyectado, de las fuentes del Derecho Penal, de la interpretación, de la ley penal en el tiempo y en el espacio, así como del delito en los tres elementos iniciales con los que el profesor Sáinz Cantero estructuró la teoría jurídica del delito: acción, tipicidad y antijuridicidad. El último de los volúmenes apareció a principios del año 1985 y estaba dedicado a completar el delito y sus formas especiales.
    Importante es también la aproximación monográfica que hizo a conceptos fundamentales del delito. En este sentido son de destacar sus libros: La circunstancia de premeditación conocida (1959), Las causas de inculpabilidad en el Código Penal español (1963), La exigibilidad de conducta adecuada a la norma en Derecho Penal (1965), y los artículos: "El desenvolvimiento histórico-dogmático del principio de no exigibilidad" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales 1960) y "Las nuevas fronteras del principio de culpabilidad", discurso éste de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada (año 1985). No me resisto antes de seguir con su ingente obra a reproducir el resumen que de su persona hizo en la contestación el profesor Motos Guirao: "Basta verle y tratarle para quererle y admirarle. Inteligente, trabajador, sencillo en su trato, modesto en sus apreciaciones, leal, sobre todo. Es esencialmente un gran valor que se incorpora hoy a nuestras tareas".
    Atención preferente tuvo hacia la pena, curiosamente la parte de sus Lecciones que dejó sin publicar. En 1970 se ocupó en la Revista de Estudios Penitenciarios de "El arresto de fin de semana y el tratamiento del delincuente". En el Homenaje a López Rodó (1972) atendió a "Consideración sobre el arresto de fin de semana y su utilización para el tratamiento del delincuente". Después escribió sobre "La sustitución de la pena de privación de libertad" (Estudios Penales, Santiago, 1978), "El futuro de la pena de prisión: la vía de la sustitución" (Primeras Jornadas Penitenciarias Andaluzas, Sevilla, 1983) y "Las alternativas a la pena de prisión contenidas en la Propuesta de Anteproyecto del nuevo Código Penal. En el panorama del nuevo Derecho Penitenciario" (II Jornadas Penitenciarias Andaluzas, Jerez de la Frontera, 1984).
    Con hondura equivalente planteó la temática de algunos delitos en concreto. Así: "El contenido sustancial del delito de injurias" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1957), "El delito de omisión del deber de socorro" (Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 1960), "Alcance del delito de propagación de enfermedad contagiosa" (Revista del Colegio de Abogados de Granada, 1962), "El uxoricidio por causa de honor y la reforma del Código Penal" (Ibidem), "El delito de tenencia ilícita de armas" (Revista General de Legislación yJurisprudencia, 1964), "La omisión de socorro a las víctimas de la circulación" (Revista de la Circulación, 1966), "La omisión de socorro a las víctimas del mar" (Publicaciones de la Cátedra Arzobispo Gelmírez, Santiago de Compostela, 1967), "El delito de propagación maliciosa de enfermedad transmisible a las personas" (Revista de Estudios Penitenciarios, 1967), "Aspectos criminológicos y jurídicos del secuestro de aeronaves" (Murcia, 1970), "Delincuencia económico-financiera" (Número especial dedicado a Delito y Sociedad de Cuadernos para el Diálogo, 1971), "Delito masa" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1971), "Delitos contra la libertad y seguridad en el trabajo" (Publicaciones de laEscuela Social, Murcia, 1972), "Los delitos laborales, cinco años después" (Estudios Penales I, Santiago de Compostela, 1977) y "Criminología del fraude de alimentos" (Estudios Penales II, Santiago de Compostela, 1983).
    Criminología, Derecho histórico y reforma del vigente son materias a las que el profesor Sáinz Cantero dedicó más de dos docenas de densos y excelentes estudios: "Derecho Penal y Criminología" (Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 1958), "La influencia de las ideas políticas en las ideas penales" (Publicaciones de la Escuela Social de Granada, 1959), "La literatura, la prensa y el cine en la etiología del delincuente juvenil" (Cuadernos de Orientación, Madrid, 1960), "Ideas Criminológicas en los Estudios Penitenciarios de Concepción Arenal" (Libro Homenaje al profesor Luis Jiménez de Asúa,Problemas actuales en las Ciencias Penales y en la Filosofía del Derecho, Buenos Aires, 1970), "Trabajo de jóvenes y menores delincuentes" (Santiago de Compostela, 1973), "La condición jurídica de la mujer ante el Código Penal" (Granada, 1975), "Política criminal moderna y reforma del ordenamiento penal español" (Derecho y Economía en la sociedad española actual, Granada, 1978), "Normas Penales y Psiquiatría" (Actas de Jornadas Nacionales de Psiquiatría Médico-Legal, Valladolid, 1979), "Realidad social y política criminal en la España de la transición" (Cuadernos de Política Criminal, 1984) y "Criminología de la transición política" (Libro Homenaje al profesorJuan del Rosal).
    Con respecto a la segunda perspectiva se incluyen los siguientes trabajos: "Aportación española al estudio del finalismo" (Anales de la Cátedra Suárez, Granada, 1963), "El informe de la Universidad de Granada sobre el Proyecto que dio lugar al Código Penal de 1822" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1967), "Nueva delincuencia y reforma penal" (Revista, Madrid, 1969), "Sondeo a la opinión estudiantil de Granada sobre la incriminación del aborto y su regulación actual" (Revue Internationale de Droit Penal, 1978), "La reforma del Derecho Penal sexual" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1978), "El perdón del representante legal y guardador de hecho en la Ley por la que se modifican los delitos de estupro y rapto" (Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1978), "El Proyecto de Código Penal a la luz del movimiento mundial de reforma de las leyes penales" (La reforma penal y penitenciaria, Santiago de Compostela, 1980), "La protección penal del consumidor frente al fraude de alimentos en el ordenamiento vigente y en el Proyecto de reforma parcial del Código Penal" (Anuario de Estudios Sociales y Jurídicos de la Escuela Social de Granada, 1982), "La reforma penal de 1983" (Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, 1983) y "Reflexión de urgencia sobre la reforma parcial y urgente del Código Penal" (Estudios Penales, Santiago de Compostela, 1984).
    Colaborador frecuente en la Gran Enciclopedia Rialp (GER) redactó las siguientes voces: "Cesare Beccaria" (Tomo III, 1971), "La conducta penal" (Tomo VI, 1972), "El correccionalismo" (Tomo VI, 1972), "Derecho Penal" (Tomo VII, 1972), "La Escuela Clásica" (Tomo VII, 1972), "La Escuela Positiva" (Tomo VII, 1972), "Rafael Garófalo" (Tomo X, 1972), "La identificación penal" (Tomo XII, 1973), "Propagandas ilegales" (Tomo XIX, 1974), "La determinación de la pena" (Tomo XVIII, 1974), "La pena de muerte" (Tomo XVIII, 1974), "La punibilidad" (Tomo XIX, 1974), "La peligrosidad" (Tomo XVIII, 1974), "La pena" (Tomo XVIII, 1974), "La penología", (Tomo XVIII, 1974), "El delito de ultraje" (Tomo XVIII, 1974) y "El Tribunal de Menores", (Tomo XVIII, 1974).
    Dentro de su labor investigadora dirigió las siguientes tesis doctorales: "El delito de usura" de Gerardo Landrove Díaz (Santiago de Compostela, 1968, calificada con Premio Extraordinario), "La delincuencia juvenil en Puerto Rico" de José Nieto Iglesias (Santiago de Compostela, 1969, calificada de sobresaliente), "El delito de acusación y denuncia falsa" de Angel de Alba y Osuna (Murcia 1972, calificada de sobresaliente cum laude ), "La delincuencia juvenil en la provincia de Orense" de Ramón Taboada (Santiago de Compostela, 1972, calificada con sobresaliente cum laude), "El pensamiento criminológico y penitenciario de Rafael Salillas", de María Dolores Fernández Rodríguez (Santiago de Compostela, 1974, calificada de sobresaliente cum laude), "El principio de igualdad ante la ley penal" de Luis Portero García (Granada, 1975, calificada de sobresaliente cum laude), "Los delitos contra la libertad religiosa. (Especial consideración del artículo 205 del Código Penal español)" de Lorenzo Morillas Cueva (Granada 1975, calificada con Premio Extraordinario), "Los delitos de adulterio y amancebamiento en el Código Penal español" de Esperanza Vaello Esquerdo (Granada, 1976, calificada con sobresaliente cum laude), "Los delitos de rapto en el Código Penal español" de José Miguel Zugaldía Espinar (Granada, 1977, calificada con sobresaliente cum laude), "La violación en el Código Penal español" de Juan José González Rus (Granada, 1978, calificada con Premio Extraordinario), "Los delitos de abusos deshonestos en el Código Penal español" de Concepción Carmona Salgado (Granada, 1979, calificada con Premio Extraordinario), "El tipo básico de aborto" de Aurora García Vitoria (Granada, 1980, calificada con sobresaliente cum laude), "Las drogas clandestinas: su tratamiento jurídico-penal" de Jesús Sánchez-León Herrera (Granada, 1981, calificada con sobresaliente cum laude), "La condena condicional" de Maria Luisa Maqueda Abreu (Granada, 1981, calificada con Premio Extraordinario), "La pena en el Derecho Penal egipcio actual" de Mohamed Hazem Mohamed Zaki Abu El-Eneen (Granada, 1983, calificada con sobresaliente cum laude).
    El profesor Sáinz Cantero junto a otros muchos premios y menciones profesionales estaba en posesión de la Encomienda de Alfonso X el Sabio.
    La glosa del maestro, por muy completa y sentida que se haga, nunca podrá dar una idea cabal del vacío científico, docente y humano que quedó tras su pérdida. Por lo demás, el reconocimiento de su aportación a la Universidad y a la Ciencia del Derecho Penal no es patrimonio único de sus seguidores y amigos. Lo que sí constituye caudal de pocos es el privilegio de haber compartido con él el trabajo diario, forjando mientras tanto unos estrechos lazos de entrañable amistad.

Una versión anterior de este texto se publicó en papel en la Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, núm. 12, t. I, 1989, págs. 9 a 15.

FECHA DE PUBLICACIÓN EN RECPC: abril de 1999


 
  Inicio | RECPC | Núm. 01 | Núm. 02 | Citas-e

Criminet | El Criminalista Digital

Nuestra dirección electrónica es: criminet@ugr.es

© 1999 RECPC  (de la web).       © 1999 El respectivo autor (de cada uno de los textos).
Prohibido reproducir cualquier material sin la previa autorización del propietario de los derechos.